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lunes, 6 de diciembre de 2010

Reclamación: derechos de los pasajeros que usen el avión como medio de transporte

Al margen de la discusión sobre los controladores aéreos españoles y su huelga encubierta que ya se está discutiendo en todos los medios de comunicación, blogs, redes sociales, etc. me gustaría dar un poco de información sobre los derechos de los pasajeros de aviones.

Sobre todo es importante que guardemos todos los recibos de los gastos que hemos tenido a lo largo de la espera hasta que salga nuestro vuelo: recibo de restaurantes, bares, supermercados, etc. Si hiciese falta comprar productos higiénicos como cepillos de dientes, desodorantes, etc. también hay que guardar bien los recibos. Por otro lado, para noches adicionales en hotel u otro tipo de alojamiento también es necesario guardar bien la factura, con los datos correctos de la persona que los paga.

Una vez llegados a nuestro aeropuerto de destino debemos rellenar una hoja de reclamación de la compañía aérea. Si disponemos de una fotocopia de los recibos y facturas acumuladas debemos adjuntarlas a la reclamación. Nunca entreguéis los originales a menos que la compañía no les deje opción pero en este caso quedaros con una fotocopia de todo. Cuantas más pruebas adjuntemos mejor (fotocopia de las tarjetas de embarque, factura de compra del billete, etc.)

Si no fuese posible rellenar la hoja de reclamación en el mismo aeropuerto entonces podemos enviar una carta por correo electrónico u ordinario. No dejéis pasar demasiadas semanas desde que realizasteis el vuelo para evitar problemas.

Si la contestación de la aerolínea es negativa a compensarte los gastos ocasionados o no te ha contestado en un tiempo considerable (alrededor de 1 mes) entonces puedes reclamar ante la Agencia Estatal de Seguridad Aérea o los organismos de consumo de tu ciudad (por ejemplo, en la OMIC).

A continuación os dejo algunos enlaces de interés:

Derechos del pasajero según la Agencia Estatal de Seguridad Aérea. Para realizar una reclamación ante este organismo os pongo el enlace con los pasos a seguir.

FACUA ha puesto en marcha una serie de consejos y derechos que tienen los pasajeros antes cancelaciones de viajes en el siguiente enlace.

domingo, 17 de mayo de 2009

Derechos del pasajero I: el equipaje

Se acerca la época de vacaciones y con ello el overbooking o los demás problemas relacionados con el aeropuerto y las compañías aéreas. Lo que la mayoría de las personas desconoce es que existe una legislación muy clara de los derechos del pasajero. En la página web del Ministerio de Fomento podemos acceder a los derechos del pasajero. Hoy les cuento lo más importante relacionado con las incidencias del equipaje (pérdida, demora o deterioro).

Antes que nada, según el Convenio de Montreal, la compañía aérea es la única responsable de dicha incidencia con el equipaje. Este convenio también establece unos ciertos plazos para la presentación de la reclamación y petición de compensaciones:
  • Equipaje retrasado (menos de 21 días): la idea es que la compañía aérea deba cubrir los gastos de primera necesidad hasta que el equipaje aparezca. En todo caso es aconsejable guardar todas las facturas de las compras que se hagan debido al retraso de la maleta.
  • Equipaje retrasado (más de 21 días): el equipaje se da por perdido.
  • Equipaje perdido: si han pasado más de 21 días desde que se perdió la maleta, ésta pasa a ser oficialmente perdida. Para valorar la pérdida, la compañía pedirá una lista de contenidos de la maleta y algunas facturas originales.
  • Equipaje dañado: hay varias opciones: 1) la compañía te paga la maleta o el objeto de valorar que se haya roto en su interior. 2) La compañía te facilita una nueva maleta similar, 3) la compañía te envía a una tienda concertada para que elijas una nueva maleta.
  • Artículos robados del equipaje: probablemente no se obtenga compensación por ello. En cualquier caso se debería poner una denuncia en la policía.
MUY IMPORTANTE: Antes de abandonar el aeropuerto es importante que se revise el estado de la maleta. Si hubiera cualquier incidencia es necesario realizar la reclamación inmediatamente. Así que a dirigirse al mostrador de la compañía (o a su agente de handling) donde te facilitarán una copia del PIR (parte de irregularidad de equipaje).

Lo siguiente que debes hacer es una reclamación formal por escrito. Estos son los plazos en los cuales tienes que entregar la reclamación:
  • Daños del equipaje: 7 días desde la recepción de la maleta.
  • Retraso del equipaje: hasta 21 días desde la fecha en la cual te debería haber llegado la maleta.
  • Pérdida de equipaje: no hay plazo establecido pero se recomienda que sea lo antes posible.
Esta es la fuente en la cual me basé: Agencia Estatal de Seguridad Aérea (Ministerio de Fomento), sección: Derechos de los pasajeros -> equipaje.

¡Buen viaje!